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8 Relaciones excluidas de la esfera laboral

8.1 Personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes

Aunque no se trata de una materia estrictamente laboral, conviene hacer una breve referencia a la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, que incluye la regulación de la figura del Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente.

Dicha figura define a aquéllos autónomos (personas trabajadoras por cuenta propia) que realizan una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para una persona física o jurídica, denominada cliente, del que dependen económicamente por percibir de él, al menos, el 75% de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales. Asimismo, se establecen ciertos requisitos que han de cumplirse de forma simultánea para considerar Trabajadores Autónomos Dependientes a aquéllos.

La referida norma establece una regulación específica de las condiciones de prestación de servicios de los autónomos a sus clientes.