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1 Introducción

Las relaciones laborales de las personas trabajadoras se regulan, con carácter general, por lo dispuesto en el Real Decreto-Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que aprueba el Estatuto de los Trabajadores (en adelante, ET).

Una característica relevante del ordenamiento jurídico español en materia laboral es la posibilidad de que la negociación colectiva regule también cuestiones importantes relativas a las relaciones laborales de las personas trabajadoras: ello se efectúa a través de los convenios colectivos, esto es, acuerdos suscritos entre la representación de las personas trabajadoras y la empresarial para la regulación de las condiciones de empleo en el ámbito escogido (infra-empresarial, empresarial o sectorial).

En los últimos años, la normativa laboral española se ha ido adaptando y modernizando a través de modificaciones legislativas que la han ido flexibilizando con el fin de dinamizar el mercado laboral para favorecer la empleabilidad y la inversión. La última reforma laboral ha modificado el régimen de los contratos temporales (para simplificar los tipos de contratos y reducir la tasa de temporalidad) y de los contratos formativos (para proporcionar un marco idóneo para la incorporación de las personas jóvenes al mercado laboral) y ha potenciado el uso de la modalidad de contratos fijos-discontinuos. Asimismo, la normativa ha venido incluyendo importantes avances en derechos sociales y en materia de igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral.

Por otra parte, la normativa relativa a las inversiones y el emprendimiento extranjero ha ido evolucionando, como muestra la reciente regulación de las autorizaciones de trabajo de los nómadas digitales.