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2. Instituciones financieras

Los principales operadores del sistema financiero español pueden clasificarse de la siguiente manera:

OPERADORES DEL SISTEMA FINANCIERO
Banco CentralBanco de España.
Entidades de créditoBancos españoles y extranjeros.
Instituto de Crédito Oficial (ICO).
Cajas de Ahorro. Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA).
Cooperativas de Crédito.
Auxiliares FinancierosEstablecimientos Financieros de Crédito.
Entidades de Pago.
Entidades de Dinero Electrónico.
Sociedades de Garantía Recíproca y de Reafianzamiento.
Sociedades de Tasación.
Instituciones de Inversión ColectivaFondos de Inversión:

  • De carácter financiero.
  • De carácter no financiero.
Sociedades de Inversión:

  • De carácter financiero.
  • De carácter no financiero.
Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva.
Empresas de Servicios de InversiónSociedades de Valores.
Agencias de Valores.
Sociedades Gestoras de Carteras.
Empresas de Asesoramiento Financiero.
Entidades de Inversión Colectiva de tipo CerradoEntidades de Capital-Riesgo, incluidas las Entidades de Capital-Riesgo-Pyme.
Entidades de inversión colectiva de tipo cerrado.
Fondos de capital riesgo europeos.
Fondos de emprendimiento social europeos.
Sociedades Gestoras de Entidades de Capital Riesgo.
Compañías de Seguros y Reaseguros y Mediadores de SegurosCompañías de Seguros y Reaseguros.
  • Mediadores de Seguros.
  • Agentes de Seguros.
  • Corredores de Seguros.
  • Corredores de Reaseguros.
Planes y Fondos de PensionesPlanes de Pensiones.
Fondos de Pensiones.
Entidades Gestoras de Fondos de Pensiones.
Fondos de TitulizaciónFondos de Titulización1.
Sociedades Gestoras de Fondos de Titulización.

Las principales características de los operadores del sistema financiero quedan recogidas a continuación.

1Hasta la promulgación de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de Fomento de la Financiación Empresarial (la "Ley 5/2015"), que ha modificado el régimen de los fondos de titulización en España, existía una diferenciación entre fondos de titulización hipotecaria y fondos de titulización de activos, que ha quedado eliminada con la nueva Ley, quedando como única figura los fondos de titulización (sin perjuicio de los fondos de titulización hipotecaria y fondos de titulización de activos constituidos con anterioridad a la Ley 5/2015, y que sigan vigentes).