AI
- 1 España: un país atractivo para la inversión
- 2 Establecimiento en España
- 3 Sistema fiscal
- 4 Ayudas e incentivos a la inversión en España
- 5 Legislación laboral y de seguridad social
- 6 Propiedad industrial e intelectual
- 7 Marco jurídico e implicaciones fiscales del comercio electrónico en España
- AI Anexo I Legislación en materia de sociedades
- AIIAnexo II El sistema financiero español
- AIIIAnexo III Aspectos contables y de auditoría

- Legislación aplicable
- Tipos de Sociedades Mercantiles
- Responsabilidad en los tipos de Sociedades Mercantiles
- Principales características de las S.A y S.L.
- Sociedad Anónima Europea (S.E.)
- Sociedad Limitada Nueva Empresa
- La Sociedad Profesional (S.P.)
- Sociedades Unipersonales
- Sucursales
- Oficina de Representación
4 Principales características de las S.A. y S.L.
4.4 Tipos de acciones
4.4.1 Tipos de acciones de una S.A.
Se distinguen las siguientes categorías de acciones:
Acciones nominativas frente a acciones al portador | Las acciones de una sociedad anónima pueden ser nominativas (el titular es la persona designada en el título) o al portador (el titular es el portador del título). No obstante, deberán ser nominativas en los siguientes casos:
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Acciones ordinarias frente a acciones preferentes | Las acciones preferentes pueden crearse como una clase o clases independientes siguiendo las mismas formalidades y requisitos que son de aplicación a la modificación de los estatutos (en cuanto a quórum, votos y convocatoria de las juntas de accionistas), y pueden incluir acciones con derecho a la obtención de un dividendo preferente. En cualquier caso, no serán válidas las emisiones de acciones en los siguientes casos:
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Acciones emitidas con prima | Las acciones podrán emitirse por valor superior a su valor nominal con prima de emisión pagadera a la sociedad. En estos casos, la prima deberá desembolsarse íntegramente en el momento de suscribirse las acciones. |
Acciones sin derecho de voto | Las acciones sin derecho de voto pueden emitirse por un valor nominal total no superior a la mitad del capital total desembolsado. Los derechos especiales inherentes a las acciones sin derecho de voto son los siguientes:
No obstante, en ciertas circunstancias excepcionales, los titulares de acciones sin voto pueden adquirir un derecho de voto transitorio en las juntas de accionistas. Se citan a continuación dos ejemplos:
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Acciones rescatables | Las acciones rescatables son una modalidad de acciones privilegiadas en sociedades cotizadas, sujeta siempre a diversos términos y condiciones. Son acciones rescatables aquéllas cuyo rescate o compra total o parcial por la emisora o por terceros esté fijado en el tiempo o librado a opción del accionista, según las condiciones de la emisión; o aquéllas cuyo rescate o compra total o parcial por la emisora o por terceros esté comprometido de cualquier otra forma, con exclusión de la prevista anteriormente. |
Acciones con prestaciones accesorias | Una prestación accesoria consiste en la obligación de realizar o abstenerse de realizar ciertas actuaciones. Las prestaciones accesorias no forman parte del capital social de la compañía. Las acciones de una S.A. sólo pueden pagarse con dinero o con activos, pero no con trabajo o servicios. En consecuencia, la prestación accesoria constituye un mecanismo por el cual el trabajo, servicios u otras obligaciones de accionistas concretos pueden ligarse a la sociedad. |
4.4.2 Certificados de acciones
En general, las acciones de una S.A. pueden emitirse físicamente mediante títulos o registrarse mediante un sistema de anotación en cuenta. Las condiciones para la emisión y registro de acciones conforme al sistema de anotación en cuenta y la reglamentación que lo regula se hallan en el Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores (Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores), y sus diversas reformas legislativas.