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2 Principios configuradores de la regulación

2.8 Reglamento de Servicios Digitales y Reglamento de Mercados Digitales

En el marco de la actividad legislativa de la Unión Europea relacionado con la Agenda Digital para la creación de un espacio digital más seguro, se ha aprobado recientemente un paquete de medidas destinadas ello. Entre dichas medidas, resulta importante destacar:

  • El Reglamento (UE) 2022/2065 de 19 de octubre de 2022, relativo a un mercado único de servicios digitales (“Digital Service Act” o “DSA”).

    Este Reglamento, aprobado el 4 de octubre de 2022 y que no entrará en vigor hasta el 17 de febrero de 2024 (a excepción de algunas obligaciones que son aplicables desde la publicación de la norma), establece obligaciones a los prestadores de servicios digitales para evitar el contenido ilícito en Internet, a la vez que trata de garantizar la salvaguarda de los derechos de sus usuarios. Aunque la DSA modifica en parte la Directiva 2000/31/CE, mantiene la exclusión de responsabilidad de los prestadores de servicios intermediarios, pero les impone más obligaciones de transparencia, información, diseño de sus servicios y de implementación de procedimientos con el fin de aumentar la diligencia en la retirada de los contenidos que alojan.

    Como sujetos obligados a esta norma, destacan: los servicios de intermediación en línea, los servicios de alojamiento de datos, las plataformas en línea (incluyendo redes sociales y marketplaces) y los motores de búsqueda. En este sentido, cabe destacar que, las plataformas y motores de búsqueda que cuenten con un número de usuarios superior al 10% de la población de la Unión Europea, tendrán que cumplir con obligaciones adicionales.

  • El Reglamento (UE) 2022/1925, de 14 de septiembre de 2022, sobre mercados disputables y equitativos en el sector digital (“Digital Markets Act” o “DMA”).

    Este Reglamento, aplicable desde el 2 de mayo de 2023, tiene como objetivo garantizar que las grandes plataformas digitales no lleven a cabo conductas contrarias a las normas de competencia y evitar prácticas desleales, como, por ejemplo: favorecer los servicios ofrecidos por ellas mismas, impedir que los profesionales que utilicen sus servicios impacten a los consumidores, o impedir la instalación de aplicaciones de fuentes distintas a las del propio prestador de servicios.

    Para ser considerado sujeto obligado a esta norma deben cumplirse una serie de condiciones, entre las que se deberán analizar y tener en cuenta: el volumen de negocios anual en el Espacio Económico Europeo de la plataforma, que sus servicios sean utilizados como intermediación entre un determinado volumen de usuarios finales y profesionales, y la plataforma mantenga esta posición durante un determinado periodo en el tiempo.

    Las sanciones que puede imponer la Comisión a los sujetos obligados por infracciones de la DMA podrán alcanzar el 10% del volumen mundial de una compañía y hasta el 20% si se apreciaran reincidencias.