2
- 1 España: un país atractivo para la inversión
- 2 Establecimiento en España
- 3 Sistema fiscal
- 4 Ayudas e incentivos a la inversión en España
- 5 Legislación laboral y de seguridad social
- 6 Propiedad industrial e intelectual
- 7 Marco jurídico e implicaciones fiscales del comercio electrónico en España
- AI Anexo I Legislación en materia de sociedades
- AIIAnexo II El sistema financiero español
- AIIIAnexo III Aspectos contables y de auditoría

- Introducción
- Diferentes formas de operar en España
- Número de identificación fiscal (N.I.F) y número de identidad de extranjeros (N.I.E)
- N.I.E. para aquellas personas físicas que vayan a ser socios o administradores de sociedades residentes en España, representantes legales y fiscales de una sucursal en España o emprendedores de responsabilidad limitada
- N.I.F. para aquellas personas jurídicas que vayan a ser socios o administradores de sociedades residentes en España o titulares de sucursales sitas en España
- N.I.F. provisional y definitivo de la sociedad residente en España que se va a constituir
- Constitución de una sociedad
- Emprendedor de responsabilidad limitada
- Apertura de sucursal
- Otras formas de operar en España
- Formas de cooperación empresarial
- Uniones Temporales de Empresas (U.T.E.s)
- Agrupaciones de Interés Económico (A.I.E.s)
- Cuentas en Participación (C.E.P.)
- Préstamos participativos
- Joint ventures a través de sociedades anónimas o de responsabilidad limitada
- Contratos de distribución, agencia, comisión y franquicia
- Otras formas de invertir en España
- Resolución de disputas
- Anexo I - Cuadro resumen régimen fiscal de las distintas formas de invertir en España.
2 Diferentes formas de operar en España
Una vez que el inversor extranjero ha decidido operar o invertir en España, existen varias alternativas:
FORMAS DE OPERAR EN ESPAÑAConstitución de sociedad española con personalidad jurídica propia | El inversor extranjero tiene a su disposición varios tipos de entidades mercantiles para invertir en España previstos por la legislación española. Las formas societarias más utilizadas son la sociedad anónima (S.A.) y, principalmente, la sociedad de responsabilidad limitada (S.L.). |
Emprendedor de responsabilidad limitada | Desarrollo de la actividad directamente por persona física en caso de cumplir con determinados requisitos. |
Sucursal o establecimiento permanente | Ambas figuras carecen de personalidad jurídica propia por lo que su actividad y su responsabilidad jurídica siempre irán directamente vinculadas a la sociedad matriz del inversor extranjero. |
Cooperación empresarial | Asociaciones con otros empresarios ya establecidos en España. Permiten compartir los riesgos y combinar recursos y experiencia. En el ordenamiento español se pueden distinguir diferentes formas de joint venture que se desarrollan en el presente Capítulo:
|
Sin constituir una entidad o asociarse con otras entidades ya existentes o sin establecer físicamente un centro de operaciones en España | Las diversas alternativas en este sentido son las siguientes:
|
Adquisiciones | Adquisición de acciones o participaciones sociales, adquisición de bienes inmuebles situados en España o adquisición de negocios. |
Capital-riesgo | Inversión en entidades de capital-riesgo. |
Cada una de estas alternativas comerciales ofrece diversas ventajas que deben ser contrastadas, tanto desde el punto de vista legal como fiscal, con sus posibles inconvenientes.