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5 Diseños industriales

5.6 ¿Cómo se obtiene un diseño comunitario?

En el ámbito de la Unión Europea la tramitación y concesión de diseños comunitarios queda regulada por el Reglamento 6/20024.

La característica principal del sistema de protección del diseño comunitario es el reconocimiento de derechos de exclusiva en todo el territorio de la UE, a través de un doble sistema de protección: la del diseño comunitario registrado y la del no registrado. En ambos casos el diseño deberá gozar de novedad y poseer carácter singular.

La tramitación de la solicitud es muy rápida pudiendo ser 6 días, no obstante, no se incluye un plazo para la oposición de terceros.
Una vez concedido, otorga a su titular el derecho exclusivo de utilización y la prohibición de utilización por parte de terceros sin su consentimiento.

4 Reglamento (CE) No 6/2002 del Consejo de 12 de diciembre de 2001 sobre los dibujos y modelos comunitarios.