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2 Marcas

2.17 ¿Qué ha supuesto la reforma del sistema de marcas en la UE?

Tras la entrada en vigor del Reglamento nº 2015/2424 el 1 de octubre de 2017, la marca comunitaria pasó a denominarse marca de la Unión Europea y la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) modificó su nombre por Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO por sus siglas en inglés).

Algunos de los cambios más relevantes introducidos por el Reglamento son los siguientes:

  • La solicitud de marca de la UE solo podrá presentarse ante la EUIPO, y no ante las oficinas nacionales de los distintos Estados Miembros.
  • Se elimina el requisito de la representación gráfica de la marca.
  • Se establece una tasa específica para cada clase designada.
  • Se adoptan criterios uniformes de especificación de los productos y servicios designados por la marca.
  • Los titulares de marcas de la Unión Europea registradas podrán impedir la entrada en la UE de productos susceptibles de vulnerar dichas marcas, incluso cuando tales productos estén en tránsito y no estén destinadas a comercializarse en la Unión. Ahora bien, el titular de la marca de UE debe acreditar que tiene derecho a prohibir la puesta en el mercado de tales productos en el país de destino final de los mismos.